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viernes, 30 de abril de 2010

PROYECTO DEL CC ARI-Trastornos en la alimentación

Tigre, 20 de abril de 2010

VISTO:

El aumento notable en nuestro país de las enfermedades relacionadas con los malos hábitos en la alimentación y

CONSIDERANDO

Que la obesidad es una enfermedad.

Que algunos factores determinantes de esta enfermedad están vinculados con los malos hábitos alimentarios, el estilo de vida sedentario y disfunciones psicológicas.

Que la obesidad no sólo acorta la posibilidad de vida sino que, sobre todo, disminuye la calidad de la misma.

Que a todo esto deben sumarse los múltiples inconvenientes que la obesidad acarrea en la vida cotidiana de las personas que la sufren, ya que todas las actividades les implican mayor esfuerzo y en muchos casos deben soportar el rechazo social.

Que vivimos en una sociedad que se olvida de las personas que sufren obesidad a la hora de diseñar asientos para colectivos, trenes, aviones o cines, o en la confección de ropa.

Que además y quizás lo más importante es que a la obesidad se le asocian enfermedades orgánicas tales como la diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares y otras.

Que en el caso específico de los niños éstos a menudo tienen que convivir con padres que sufren de una obsesión por el cuerpo y que de una u otra manera se la trasmiten a sus hijos; la sociedad en la que vivimos nos impone permanentemente la cultura de lo escultural. A través de la publicidad o los medios de comunicación se puede ver, en forma implícita o explícita, que una buena figura es sinónimo de éxito, fama y poder.

Que a todo aquel que no cumpla con este requisito se lo llega hasta excluir de la sociedad. Le puede ocasionar falta de trabajo, discriminación entre sus pares y un sinfín de problemas más.

Que recientes informes dan cuenta de un aumento notable de la obesidad entre los niños en la etapa escolar, ligado a los cambios producidos en el seno familiar y en los hábitos de alimentación, además del sedentarismo producto del exceso de horas que pasan frente al televisor o la computadora.

Que junto a la obesidad han ido en aumento otras enfermedades ligadas a la alimentación, tales como la bulimia y la anorexia, que se producen fundamentalmente en la adolescencia. Estas enfermedades que comenzaron apareciendo en adolescentes mujeres, hoy se manifiestan en edades cada vez más precoces y ya no es patrimonio de las chicas ya que también la padecen, aunque en distinta proporción, los varones.

Que en las publicidades engañosas donde se promete un cuerpo "perfecto" en tiempo récord, se ofrecen medicamentos de dudosa efectividad; las modelos casi desnutridas que pueblan las pasarelas son los casos más visibles de esta mentira, en la que caen miles de adolescentes para poder ser aceptados en la sociedad.

Que según los incisivos e intensos trabajos realizados por ALUBA (Asociación de Lucha contra Bulimia y Anorexia), la entidad más importante en nuestro país que se ocupa de estos dos preocupantes temas, el problema comienza en los probadores de las casas de ropa. Éstas venden prendas de tamaños que no se adaptan a la contextura física del colectivo femenino y/o masculino, y es ahí donde algunos adolescentes comienzan a padecer estas patologías.

Que para muchos jóvenes es un molesto trabajo salir a comprar indumentaria, ya que no siempre son obesos, sino simplemente de contextura grande o excedidos en peso y no consiguen ropa a la moda en los talles que necesitan; como ejemplo se puede mencionar que lo que figura como tamaño "large" es, en la mayoría de los casos, un engaño y los vendedores terminan diciéndoles que no cuentan con ropa para ellos.

Que es difícil establecer un parámetro de medidas físicas en forma general ya que éstas varían de acuerdo a cada persona, pero sería de gran importancia que exista una reglamentación donde se exija a los fabricantes de ropa que abarquen la mayoría de las posibilidades y que sean más claros y precisos a la hora de etiquetar las prendas.

Que de la misma manera tendría que existir un control exhaustivo con la publicidad poco ética que aparece en todos los medios de comunicación (televisión, radio, revistas, diarios e Internet). La difusión de avisos engañosos cala hondo en los adolescentes y comienzan a consumir todo aquello que los pueda "transformar" en personas "perfectas" para ser exitosos.

Que esto, en la mayoría de los casos, no da resultado y es de esa forma que comienzan los desórdenes alimentarios que derivan principalmente en obesidad, anorexia nerviosa o en bulimia.

Que es muy difícil poder precisar con exactitud los porcentajes de adolescentes y jóvenes que padecen estas patologías o adicciones, ya que no hay estadísticas en forma oficial. Pero según la información recogida por ALUBA junto a estudios hechos entre los escolares, los resultados son alarmantes.

Que las encuestas de ALUBA, realizadas en colegios públicos y privados dan como resultado un preocupante incremento de estas patologías alimentarias.

Que para contrarrestar situaciones como éstas sería muy importante contar con el compromiso de las autoridades de educación para proveer a los establecimientos de ese área de kioscos saludables, los que son una iniciativa que se enmarca dentro de las estrategias de promoción de la salud, en el contexto de la realización de actividades para mejorar la nutrición de los niños y niñas. Los mismos deberán tener alimentos saludables recomendados por el Ministerio de Salud. Ésta junto con otras iniciativas, como mejorar las posibilidades para una sana actividad física, lograría controlar a futuro estas enfermedades.

Por todo lo expuesto el Bloque de la Coalición Cívica-ARI eleva al H.C.D. de Tigre el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º.- Créase el Plan de Prevención y Asistencia para Trastornos Alimentarios tales como la obesidad, bulimia, anorexia y otros, destinado a Niños-Niñas, Adolescentes y Jóvenes en todo el territorio del Partido de Tigre.

Artículo. 2º.- El fin del presente Plan es el de contribuir a la generación de conductas alimenticias aptas para el desarrollo integral de la salud y el bienestar, mediante el control y disminución de los factores de riesgo.

Artículo 3°.- A los fines de la presente ordenanza, denomínense factores de riesgo a aquellos elementos que, mediante su incidencia en el plano físico o psíquico, contribuyan a generar o elevar la peligrosidad que importan los trastornos alimentarios para la salud y el buen desarrollo de la vida humana.

Se consideran factores de riesgo:

a) En niños/as: la problemática familiar, la promoción de productos alimenticios no saludables; la existencia de conductas enfermas en el hogar vinculadas a trastornos de la alimentación; falta de alternativas para adquirir alimentos saludables en los colegios y lugares de recreación; y la inactividad producto de la excesiva cantidad de horas que pasan frente a la computadora y frente al televisor.

b) En adolescentes y jóvenes: La discriminación y condena social de la que son objeto aquellos que padecen sobrepeso u obesidad; la omisión de diseñadores, fabricantes y vendedores de ropa de ofertar talles adecuados a la diversidad de fisonomías del público al que se dirigen; la publicidad engañosa sobre métodos adelgazantes; la contratación de modelos publicitarios cuyas medidas sean inferiores a las mínimas que su estructura física requiera a los fines de desarrollar una vida saludable; la publicación de dietas en revistas y folletos que persuaden de manera uniforme a los consumidores, mientras que la singularidad de cada estructura fisonómica requiere un trato individualizado y singular; la venta indiscriminada de laxantes y diuréticos; la instigación a la delgadez extrema por parte de quienes disciplinen a deportistas, bailarines, modelos, etcétera; la falta de alternativas para adquirir alimentos sanos en establecimientos educativos y lugares de trabajo; las páginas Web desde donde se promueven de manera alarmante la bulimia y la anorexia; y la falta de una actividad física adecuada.

Artículo 4º.– La Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Tigre se compromete a:

a) En coordinación con los establecimientos de salud y educativos, de carácter público y privado, desarrollar sistemas de evaluación y estadística de los trastornos alimentarios.

b) Emprender acciones preventivas y asistenciales de las patologías alimentarias, mediante la determinación de sus causas, consecuencias, número y características de las víctimas, y toda otra información que la autoridad de aplicación considere conducente a los objetivos del plan.

c) Exigir a los comercios de venta de ropa la oferta de la misma en todos los talles, con la inclusión por parte de los organismos de control que correspondan, de penas para quienes no cumplan con esto; según lo establecen las leyes vigentes.

Artículo 5º.- La Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Tigre se compromete a:

a) Recomendar a las autoridades de los establecimientos escolares la instalación de lugares de venta de alimentos saludables, los cuales estarán destinados a mejorar la nutrición de los estudiantes en el interior de los establecimientos de educación en todos sus niveles.

b) Solicitar al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, un listado de alimentos saludables y programas adecuados a cada edad a los fines de ser incluidos en comedores y/o kioscos que funcionen dentro de las escuelas.

c) Realizar charlas informativas con las recomendaciones alimenticias provistas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

d) Informar los casos de obesidad, bulimia, anorexia y otros trastornos alimenticios, detectados en los establecimientos educativos del Distrito, para establecer un seguimiento que permita conocer las causas y la evolución de cada una de ellas, a los fines de mejorar los tratamientos para cada una de estas enfermedades.

Artículo 6º.- A los fines de la presente ordenanza la autoridad de aplicación será la Secretaría de Política Sanitaria y Desarrollo Humano, la cual analizará y convendrá con los organismos pertinentes las acciones y políticas conjuntas a llevar a cabo con el propósito de acotar los factores de riesgo, así como también establecer las penalizaciones correspondientes. Asimismo esta Secretaría se compromete a realizar un informe anual donde se evalúe la efectividad de los programas implementados.

Artículo 7º.- De forma.


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