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viernes, 7 de mayo de 2010

BLOQUE CC-ARI -Proyectos presentados- ( 4° de 5)


VIVERO MUNICIPAL PLANTAS NATIVAS


Tigre, 06 de mayo de 2010

VISTO:
Los espacios públicos de nuestro Distrito que se encuentran pobremente representados con especies nativas (arbolado, arbustos y plantas) y

CONSIDERANDO
Que las plantas nativas son las que se originaron naturalmente en el lugar donde se encuentran, antes de la existencia misma del ser humano.

Que la vida depende de la conservación de los ambientes naturales; y las plantas nativas son la base de los mismos.
Que solemos desvalorizar y degradar los paisajes silvestres que nos rodean.

Que los sistemas que posibilitan la vida terrestre no podrían funcionar sin la flora originaria creciendo en el lugar donde nació.

Que ninguna otra forma de vida afecta tanto a todos los seres vivos como las plantas propias de cada lugar.

Que las especies nativas (autóctonas o indígenas) son aquellas que crecen en el área biogeográfica de donde son originarias. Son aquellas que durante cientos de años fueron adaptándose a las condiciones químicas (salobridad, acidez, alcalinidad) del suelo de una determinada región geográfica, como así también a las condiciones físicas (temperatura, vientos, regímenes de lluvia) de la misma región.

Que una de las razones que nos lleva a proponer el uso de plantas nativas es que principalmente estas especies interactúan con el medio y las demás especies (de flora y también de fauna). Así encontramos plantas que son polinizadas por aves o insectos, otras que son distribuidas por animales y el viento, y otras que crecen trepando sobre árboles nativos, por citar algunos casos.

Que en la medida que volvamos a tener más espacios verdes con plantas originarias de nuestra región, tendremos un ambiente más amigable para las aves silvestres cerca de nuestros hogares.

Que el uso masivo de plantas exóticas ha generado una simplificación notable de la biodiversidad, tanto en los sitios parquizados como en las áreas naturales invadidas por los vegetales foráneos que tienden a desplazar a los del lugar.

Que contar con un vivero municipal generará beneficios económicos, sociales, culturales y ambientales.

Que permitirá articular con nuestra comunidad y sus organizaciones sociales el desarrollo de la conciencia social sobre la importancia de cuidar el ambiente donde habitamos.

Que el vivero municipal cumplirá la función de proveer árboles, arbustos y plantas florales para el embellecimiento de los espacios verdes de nuestro distrito.

Que las especies nativas representan parte fundamental del paisaje y vegetación de una región que refleja su biodiversidad, vinculándose con el acervo cultural local.

Que posibilitará impartir cursos – talleres de educación ambiental a escuelas del distrito.

Que el cultivo de especies nativas jerarquizará, brindando funcionalidad, economía de mantenimiento y manejo, eficiencia en la implantación y naturalizando el paisaje urbano con elementos que se hallan pobremente representados.

Que el vivero municipal proporcionará la posibilidad de:
a) Dar a conocer las especies nativas de la región.
b) Recabar información sobre el cultivo de especies nativas con valor ornamental.
c) Cultivar especies con valor ornamental ofreciendo plantines, semillas, gajos; capacitando y difundiendo el manejo de estas especies.
d) Asesoramiento a instituciones y establecimientos escolares.

Que promoverá la generación de nuevos puestos de trabajo directos e indirectos.

Que facilitará la capacitación de vecinos, con su carnet habilitante, creando un nuevo mercado laboral transparente que propicie la forestación pública y privada con especies nativas.

Que contar con nuestro propio vivero nos permitirá darnos, junto a nuestros vecinos, una estrategia común para la forestación con especies nativas.

Por todo lo expuesto el Bloque de la Coalición Cívica-ARI de Tigre eleva para su consideración y aprobación el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase en el Distrito de Tigre un área destinada a Vivero Municipal de especies nativas (autóctonas o indígenas).

ARTÍCULO 2º: El D.E. determinará cuáles serán los terrenos que se destinarán para la ubicación del vivero municipal de especies nativas (árboles, arbustos, plantas).

ARTÍCULO 3º: El funcionamiento del Vivero Municipal tendrá como objetivos principales el cultivo, conservación, multiplicación, distribución, experimentación y desarrollo de especies nativas, así como proteger y conservar el arbolado urbano e insular.

ARTÍCULO 4º: El Vivero Municipal tenderá a la autogestión ya que las especies, generadas en el mismo, se podrán proveer a particulares, entidades públicas y privadas, organismos municipales propios y/o de otros distritos.

ARTÍCULO 5º: Autorízase al D.E. a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a los efectos del cumplimiento de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 6º: De forma.

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