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viernes, 10 de octubre de 2008

PROYECTO PARA LA REGLAMENTACIÓN DE AUDIENCIAS PÚBLICAS


El día 14 de octubre a las 10:00 hs en sesión ordinaria, el bloque de
Concejales de Acción Comunal presentará ante el Honorable Concejo Deliberante
de Tigre, un proyecto para la reglamentación de las Audiencias Públicas.
Si bien, dicho proyecto, dista del que oportunamente presentara nuestra Asamblea y el que fuera ingresado como Expediente HCD 138/08, creemos y consideramos que es un buen comienzo para que la ciudadanía obtenga la participación que merece.
Desconocemos el motivo por el cual el horario de la sesiones que normalmente
comienzan a las 18:00hs fue modificado para las 10:00 hs, impidiendo de esa
manera, que muchos vecinos puedan concurrir a la misma.
A aquellos que por sus actividades puedan y quieran acercarse al Honorable
Concejo Deliberante, los esperamos.


HONORABLE CUERPO

VISTO:

La Ley Provincial 13.569 que establece el procedimiento que deberá observarse en la realización de las Audiencias Públicas convocadas por el Poder Ejecutivo y Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, cuyo artículo 10 invita a los Municipios a adherir a la misma; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial 13.569, en sus fundamentos, expresa que “es la participación ciudadana la que da basamento social a la democracia, permitiendo desarrollar la virtud de la solidaridad y a la vez conocer la realidad, determinando la dirección acertada hacia su transformación, colocando las instituciones al servicio de las necesidades sociales.

Que debemos considerar a la audiencia pública como instancia participativa en la toma de decisiones administrativas y legislativas de aquellos ciudadanos que pueden verse afectados por determinados temas.

Que a través de este medio los ciudadanos pueden expresar sus opiniones ante las autoridades responsables, complementando, de alguna manera, la única expresión de participación democrática que es el voto en las elecciones públicas.

Que en una democracia participativa el ciudadano debe contar con mecanismos de participación como lo es el instituto de Audiencias Públicas como canal adecuado para brindar ideas para la formulación de políticas acordes a las necesidades de todos y también cuidando que se ejecuten de manera transparente y eficiente.

Que la Municipalidad de Tigre, como antecedente de Audiencias Públicas, promulgó la Ordenanza 2454/02 que mediante convenio con el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires aprueba, en el marco del Decreto Provincial 1727/02, sobre Programa de descentralización administrativa a Municipios del procedimiento de Urbanizaciones cerradas mediante “Reglamento de audiencias públicas para aprobación de urbanizaciones cerradas”.

Que el municipio vecino de San Fernando sancionó, en el año 2001, una Ordenanza que regula el instituto de Audiencias Públicas, instancia que permitió aumentar la participación ciudadana en temas de interés público.

Que es importante considerar la convocatoria a Audiencias Públicas desde el poder ejecutivo y el legislativo pero que para estimular el compromiso de la sociedad debería también considerarse la convocatoria ante “requisitoria ciudadana”, tal como lo considera la Ley Nº6, Capítulo V de la ciudad de Buenos Aires.

Que la Audiencia Pública por requisitoria ciudadana surgiría como un instituto de garantía cabal ante iniciativa del pueblo de opinar en aquellos asuntos en que un porcentual representativo así lo considere, siempre entendiendo que dicha requisitoria ha demostrado en la experiencia de la ciudad de Buenos Aires un canal efectivo de participación y opinión.

Que esta iniciativa es compartida por ciudadanos del Partido de Tigre que han presentado el Expediente HCD 138/08.

En virtud a lo expuesto, el Bloque de Concejales de Acción Comunal propone el siguiente:

PROYECTO DE ORDENANZA

Artículo 1º.- Adhiérese a la Ley Provincial Nº 13.569 de Audiencias Públicas.

Artículo 2º.- Establézcase el instituto de Audiencias Públicas por requisitoria ciudadana que sean avaladas por el medio por ciento del electorado del último padrón electoral del circuito que correspondiera según tema auditado.

Artículo 3º.- De forma.
Bloque de Concejales de Acción Comunal, Tigre 17 de Septiembre de 2008.-

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Vieron esto?
http://www.sprensalibre.com.ar/noticias/news.php?action=fullnews&id=905

No les parece un avance? Conversron con conlos organizadores?

Anónimo dijo...

Los organizadores se contactaron con ATPUA para pedir el proyecto que presentó la asamblea en el HCD, hace como 2 meses atrás.
Lo que se hizo en el HCD fue una audiencia para escuchar a las partes que intervienen en un conflicto, un particular y los usuarios.
Una Audiencia pública es otra cosa, solamente tienen en común que usaron el recinto del HCD, vaya a saber porqué razón.
Saludos

Anónimo dijo...

Anónimo del 21 de octubre a las 19:55
Lo que hicieron los funcionarios del OMIC en el recinto del HCD, no fué una audiencia pública fué una consulta a los usuarios, derivada de las quejas que había recibido los funcionarios durante el "operativo" mano a mano realizado en la primera sección de islas. Si los funcionarios que convocaron hubieran querido ver el proyecto de ATPUA, no tenían más que pedirlo en el HCD, ese es el procedimiento correcto o en su defecto ingresar al blog de ATPUA y consultarlo, como lo hemos hecho muchos ciudadanos comunes que no cobramos sueldo de la Municipalidad, y por lo tanto le restamos horas a nuestro descanso para estar actualizados de lo que pasa en Tigre. Hay otros que sólo se enteran por las carteleras con propaganda oficial.

Anónimo dijo...

que democráticos son... censuran los mensajes que no les convienen!!

A.T.P.U.A. dijo...

El administrador del blog no ha rechazado ningún comentario.
Vuelva a enviarlo.

Anónimo dijo...

Roberto y otros "opinadores", lean el articulo que transcribo a continuación, como corresponde citando la fuente, y verán que en ningún momento se menciona Audiencia Pública, sino Audiencia Abierta. En cambio si de habla de "ambas partes" y "parte reclamante y reclamada".
También habla de la Ley de Defensa del consumidor y de DENUNCIAS DE VECINOS DEL DELTA-CAUSA Nro.971- de la OMIC que se encuentra en "INSTANCIA CONCILIATORIA"
Les sugiero que lean las publicaciones de PODER CIUDADANO sobre audiencias públicas y los DECRETOS del P.E.N. Y LEYES PROVINCIALES Y DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (hay mucha literatura sobre el tema)
Conozcan las diferencias entre ABIERTAS, PÚBLICAS Y CONCILATORIAS y recién después si les da el pinet CRITIQUEN A LOS QUE ESTÁN PIDIENDO DEMOCRACIA PARTICIPATIVA EN TIGRE

".....La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana del municipio de Tigre, en el marco de las Leyes Nacional de Defensa del Consumidor y Provincial 13.133, y ante la denuncia de vecinos del Delta de Tigre sobre falencias en el servicio público de transporte fluvial prestado por la empresa Interisleña S. A., inició la Causa 971, que se encuentra en instancia conciliatoria (Art. 46 de la Ley 13.133)

En el marco de la misma, y para establecer las condiciones de prestación del servicio público de transporte fluvial en el Delta de Tigre, se convoca a Audiencia Abierta a realizarse el jueves 9 de octubre próximo a partir de las 13.00 horas en la sede del Concejo Deliberante de Tigre, sito en Paseo Victorica 972 – ciudad de Tigre.

De la audiencia – que se efectúa por aceptación voluntaria de ambas partes - participarán las partes reclamante y reclamada de la citada Causa, y toda persona física o jurídica u organismo estatal invitado por la OMIC en carácter de expositor para facilitar la comprensión del tema.

La persona física o jurídica con domicilio en el municipio de Tigre, o que invoque un derecho o interés relacionado con el objeto de la Audiencia, podrá remitir previamente a la realización de la misma sus consultas, sugerencias o informaciones, por correo electrónico a omic@tigre.gov.ar, o personalmente en la sede de la OMIC (Las Heras 1679 - El Talar) de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, desde el 1 hasta el 7 de octubre inclusive. La Causa 971 estará a disposición para su consulta en la mencionada sede durante los mismos días y horarios.

Para mas información, comunicarse al tel. 4512-9909 o al correo electrónico omic@tigre.gov.ar....."

|| Fuente: (InfoBAN)

¿QUEDÓ CLARO O VOY A TENER QUE VOLVER A LEER LAS MISMAS APRECIACIONES EQUIVOCADAS DE LO QUE ES UNA AUDIENCIA PÚBLICA?

Anónimo dijo...

Aniceto, porque no vas a la audiencia y te sacas las dudas de si es publica y participativa o no?
O es que preferís "atarte" a una legislación y desconocer la realidad de como funcionan las cosas?
Anda y listo, mirá este link o lee debajo la noticia, esta publicada en el sitio de la Municipalidad y en otros mas...

http://www.tigre.gov.ar/2008-prensa/081024-05.html

NUEVA AUDIENCIA SOBRE EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE FLUVIAL EN EL DELTA DE TIGRE
Convocada por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana del municipio, se realizará una nueva audiencia de carácter público y abierto el jueves 30 de octubre a las 13.00 horas en el Salón Auditorium del Museo de la Reconquista de Tigre.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana del municipio de Tigre, realizó el 9 de octubre pasado una audiencia abierta -con la participación de aquellos que lo solicitaron- sobre la prestación del servicio público de transporte fluvial en el Delta de Tigre.

El Dr. Mauricio Bianchi, titular de la OMIC, que presidió la audiencia, señaló que “en aquella enriquecedora y participativa experiencia, que contó con la presencia de vecinos, empresarios, sindicatos y organismos nacionales, provinciales y municipales, se decidió abrir un cuarto intermedio para -en una nueva audiencia- presentar propuestas de solución a las problemáticas planteadas.”

En esa ocasión, se fijó como fecha de la nueva audiencia el jueves 30 de octubre a partir de las 13.00 horas en el Salón Auditorium del Museo de la Reconquista, sito en Av. Liniers y Padre Castañeda - Tigre.

De la audiencia participarán quienes lo hicieron en la anterior, y también puede hacerlo toda persona física o jurídica que se inscriba hasta 24 hs. antes de la audiencia, por el correo electrónico omic@tigre.gov.ar, telefónicamente al 4512-9909 o personalmente en la sede de la OMIC (Las Heras 1679 - El Talar) de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.

Anónimo dijo...

Anónimo del 26 de octubre de 2008 9:46.
El Abogado Bianchi(no sé si es Dr. en Derecho, pero otorguémosle el beneficio de la duda) te podrá explicar que lo que hace la OMIC en este caso NO ES UNA AUDIENCIA PÚBLICA; A lo mejor, al ser una rama de tu mismo tronco, a él si les das crédito.
Para mí el tema está finiquitado, porque ya me cansé de explicar a gente que no entiende.

Anónimo dijo...

Finalmente en este mismo blog dan la respuesta sobre si lo que hizo la Omic de Tigre es audiencia pública o no?

Si entran al link http://www.flickr.com/photos/31789478@N02/sets/72157608406626993/show/

podrán ver que, sin dudas, lo es.

De acuerdo a esa presentación lo que esta haciendo la omic tiene todas estas caracteristicas que alli se enumeran
1-participación antes de que las autoridades tomen decisiones "asesorando, siendo objetos de consulta, promoviendo proyectos"
2-se llega a la participación "por pedido de las autoridades" (cito la omic) y "por iniciativa ciudadana" (denuncia de vecinos del delta)
3-participación sin efecto vinculante que "complementa la decisión gubernamental"
4-se desarrolla durante el proceso de decisión con el objetivo de "compartir posiciones, construir soluciones conjuntas e intercambiar información" además de "garantizar la voz para todos y lograr profundidad en aspectos técnicos"
5-convocada por una autoridad administrativa (en este caso la omic) para tratar un "tema de interés general" (en este caso prestación de un servicio público de transporte)
6-ámbito de aplicación municipal
7-beneficia a la ciudadanía y al gobierno, tal como dice la presentación del blog

Aniceto, vas a seguir negando que lo realizado no tiene diferencia con una audiencia pública y que no es necesario atarse a leyes sino tener voluntad de hacerlo y listo?, a nosotros, los vecinos vinculados al delta por suerte nos escucharon sin tener que esperar a que que sancionen ninguna ley especial.
Roberto

Anónimo dijo...

Hola. Pego la nota sobre la Audiencia Pública sobre el tema del transporte público fluvial en el delta de la que hable. Roberto

http://www.elcomercioonline.com.ar/articulos/50024691-Compromisos-asumidos-en-la-segunda-audiencia-pública-sobre-el-servicio-de-transporte-fluvial-en-el-Delta-de-Tigre.html


Compromisos asumidos en la segunda audiencia pública sobre el servicio de transporte fluvial en el Delta de Tigre

El jueves 30 de octubre pasado, en el Museo de la Reconquista, se realizó la segunda audiencia abierta y pública convocada por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), dependiente de la Secretaría de Protección Ciudadana del municipio de Tigre.





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La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), concretó el pasado 30 de octubre la segunda audiencia abierta y pública sobre la prestación del servicio público de transporte fluvial en el Delta de Tigre.

De la misma participaron vecinos del Delta, las empresas prestadoras del servicio público de transporte fluvial, Prefectura Naval, la Dirección Provincial de Islas y los sindicatos SOMU y Centro de Patrones de Cabotaje, como así también organismos municipales.

El Dr. Mauricio Bianchi, titular de la OMIC, señaló que “Durante ambas audiencias -el 9 de octubre en el Concejo Deliberante y el 30 de octubre en el Museo de la Reconquista- se dejaron en claro las condiciones que se debían cumplir para que la empresa pueda prestar el servicio público de transporte fluvial de pasajeros conforme la concesión provincial que posee, y las falencias que tiene. También se informó a qué controles están sujetos y la regularidad con la que se ejercen, así como las funciones de los diferentes organismos vinculados a este servicio. Destaco lo valioso del aporte de los vecinos que acercaron su inquietud y nos permitieron generar esta espacio público, abierto y participativo de debate y consensos.” También señaló que “no sólo la empresa ha tomado compromisos, sino que los vecinos han quedado con el de constituirse organizada y representativamente para avanzar en el mejoramiento de este y otros servicios públicos que tienen problemas en el Delta”.

Los principales aspectos surgidos de las dos audiencias son:
1-Los vecinos-usuarios del Delta de Tigre conformarán una organización representativa de sus intereses como tales (asociación u organización de las entidades existentes) que participará de futuras reuniones de trabajo sobre los temas puntuales con necesidad de resolución luego de las audiencias.
2-En el plazo de 15 días, la empresa informará a la OMIC que mecanismos aplicará para mejorar la atención e información al usuario, conforme a las disposiciones de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.

3-En 15 días la empresa implementará, en todas las embarcaciones, carpetas informativas que contendrán todos los horarios, recorridos e identificación del personal que se encuentra en ese momento a cargo de la embarcación, así como de las obligaciones del mismo.

4-La empresa ha solicitado a la Universidad Tecnológica Nacional - Regional Delta sus servicios para realizar cursos de capacitación para el personal de las empresas Interisleña, Líneas Delta Argentino y El Jilguero.
5- En el plazo de 60 días, la empresa informará a la OMIC cuáles de sus embarcaciones poseen las condiciones técnicas para mejorar el confort para los pasajeros (básicamente la instalación de butacas)
6-En cuanto los vecinos-usuarios del Delta se organicen como tales, se establecerá por medio de la OMIC un esquema de reuniones regulares (mensuales o bimestrales) con la empresa para monitorear en forma permanente la calidad y condiciones de la prestación del servicio público de transporte fluvial.

7-Entre los vecinos-usuarios organizados y la empresa, con la participación de la OMIC, se acordarán los posibles nuevos servicios que sea necesario poner en marcha, previa justificación de los mismos, no obstante lo cual la empresa ya comenzó a agregar algunos considerados oportunos y necesarios.
8-La empresa implementará e informará a la OMIC, en el plazo de 60 días, un nuevo sistema de entrega y control de pasajes (tickets) dando cumplimiento a la normativa vigente respecto de la información que debe contener el mismo.
9-La empresa ha comenzado a dar cumplimiento al Art. 8 bis de la Ley de Defensa del Consumidor, hecho que no ocurría con anterioridad a estas audiencias.

10-La empresa ha comenzado a controlar en mejor forma el cumplimiento de las disposiciones respecto de la presentación del personal en lo referente a uniforme e identificación, y ubicación de los pasajeros durante los viajes.
11-La empresa ha regularizado la situación de personal que poseía falencias en cuanto a su habilitación para desempeñarse como patrones de abordo o marineros.

12-La empresa ha acreditado la habilitación de las embarcaciones para ejercer el servicio y el esquema de mantenimiento y reparación de las mismas.
13-La empresa ha acreditado el cumplimiento de las disposiciones referidas a las salidas de emergencia en las embarcaciones.

14-En el plazo de 30 días se establecerá, con participación de Prefectura Naval Argentina e información a la OMIC, la mejor ubicación que deben tener los chalecos salvavidas teniendo en cuenta las características de cada embarcación.

15-Entre los vecinos-usuarios organizados y la empresa, con participación de la OMIC y Prefectura Naval Argentina, se acordarán los parámetros de sonoridad que se aceptarán como tolerables y los plazos y condiciones técnicas para alcanzar los mismos.

16-Por medio de la OMIC, se solicitará al municipio de Tigre la realización de operativos de alcoholemia sobre el personal a cargo de las embarcaciones.
17-El cumplimiento de todos estos compromisos serán controlados por la OMIC con participación de los vecinos-usuarios debidamente organizados y los organismos que lo soliciten.

18-Ante la ausencia a ambas audiencias de representantes de la Dirección Provincial de Transporte -a pesar de estar debidamente invitada en ambas ocasiones- la OMIC solicitará una audiencia al Director de la misma para informarle lo acontecido y solicitarle la realización de un encuentro con los vecinos-usuarios.

“Quiero destacar la posibilidad del diálogo, de sentar cara a cara a los actores para que debatan, sin que nadie se sienta ofendido ni atacado, que se avance en acuerdos y resoluciones y se tomen compromisos, en un espacio democrático, participativo, abierto y público, generado por el municipio de Tigre. Justamente, en la línea sostenida tanto por el secretario de Protección Ciudadana, Lic. Diego Santillán como por el intendente Julio Zamora, ocuparnos de las problemáticas cotidianas de los vecinos es también una manera de proteger sus derechos ciudadanos”. concluyó diciendo el Dr. Bianchi.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) vela por el cumplimiento de los derechos de los consumidores y usuarios del municipio de Tigre. Para comunicarse con ella, puede hacerse al correo electrónico omic@tigre.gov.ar, telefónicamente al 4512-9909 o personalmente en la sede de la OMIC (Las Heras 1679 - El Talar) de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas.